19 Jul
2021-07-19 16:44:31

Informe 054-2021-SUNAT/7T0000

Base Imponible del ITAN por bienes recibidos en arrendamiento operativo

Con fecha 16 de julio de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 00005-2021-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de SUNAT, en el cual la Administración Tributaria atiende la consulta referida a si la base imponible del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) debe comprender los bienes recibidos bajo arrendamiento operativo que deben ser registrados como un activo por derecho de uso, y de ser así, si corresponde reconocer alguna depreciación.

Al respecto, en el Informe N° 000054-2021-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria ha concluido lo siguiente:

Informe N° 00054-2021-SUNAT/7T0000

Conclusiones:
1. La base imponible del ITAN comprende los activos por derecho de uso derivados de los bienes recibidos en arrendamiento operativo.
2. Para determinar la base imponible del ITAN, al valor de los activos por derecho de uso derivados de los bienes recibidos en arrendamiento operativo consignado en el balance general se le debe sumar el valor de las depreciaciones calculadas de acuerdo con las normas y principios contables; no correspondiendo restarle amortización o depreciación tributaria alguna.

A continuación, compartimos el enlace con el Informe N° 000054-2021-SUNAT/7T0000.

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