08 Jun
2022-06-08 15:12:55

Informe N° 000038-2022-SUNAT/7T0000

Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias.

Con fecha 07 de junio de 2022, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 000038-2022-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria, mediante el cual se absuelven consultas vinculadas con los alcances del artículo 5-A de la Ley de Bancarización, Ley N° 28194.

Cabe mencionar que, el artículo 5-A de la Ley de Bancarización, se establece que el uso de medios de pago se tiene por cumplido solo si el pago se efectúa directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio, o cuando dicho pago se realice a un tercero designado por aquel, siempre que tal designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago, en la forma y condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia.
Al respecto, en el Informe N° 000038-2022-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria analiza los alcances del artículo 5°-A de la Ley N° 28194, concluyendo lo siguiente:

Informe N° 000038-2022-SUNAT/7T0000

Conclusiones:
En caso de que el adquirente y proveedor del bien acordaran que el monto a cancelar deba pagarse a un tercero designado por el proveedor, se tendrá por cumplido el uso de medios de pago siempre que tal designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago; sin que ello suponga que dicha comunicación deba ser realizada necesariamente por el adquirente.
El supuesto según el cual el adquirente del bien designa a un tercero para que, en su nombre, se encargue de pagar al proveedor de dicho bien, no se encuentra comprendido en los alcances de la obligación de presentar una comunicación a la SUNAT prevista en el artículo 5-A de la Ley de Bancarización.
El escenario en el que una factura emitida por el prestador del servicio al usuario sea pagada por un tercero directamente a dicho prestador, siendo que el usuario reembolsa el monto pagado por el tercero, no se encuentra comprendido en los alcances de la obligación de presentar una comunicación a la SUNAT prevista en el artículo 5-A de la Ley de Bancarización.

 

En Define Servicios nuestro staff de Outsourcing Contable te ayudará a maximizar la eficiencia operativa contable y administrativa de tu organización.

¡Contáctanos!