22 Nov
2021-11-22 15:31:31

RS 165-2021/SUNAT

Implementan plataforma para dar conformidad a la factura electrónica y recibo por honorario electrónico

Plataforma para dar conformidad a la factura electrónica y recibo por honorario electrónico

Con fecha 16 de noviembre de 2021, se ha emitido la RS 165-2021/SUNAT, en la cual se implementa una plataforma para dar conformidad a la factura electrónica y el recibo por honorario electrónico a través de SUNAT operaciones en Línea o del servicio web API REST (Requiere credenciales a través de SUNAT operaciones en Línea y cumplir especificaciones técnicas), el mismo que estará disponible desde el 17 de diciembre.

 

Se tiene un plazo de 8 días calendario desde la puesta a disposición del comprobante, si existe disconformidad, el emisor tiene dos días para subsanarlo.

 

Los motivos de disconformidad:

1.- Plazo del pago acordado.

2.- Monto neto pendiente de pago.

3.- Reclamo de bienes adquiridos y servicios recibidos 

 

En todo el caso se debe adjuntar los sustentos del rechazo.

La comunicación de disconformidad será recibida en el buzo electrónico del emisor de la factura.

 

Finalmente es importante indicar que si no se dio conformidad o disconformidad en el plazo establecido se presume sin admitir prueba en lo contrario la conformidad irrevocable del comprobante en todo su alcance (numeral 7.4 del articulo 7 del DU 013-2020)

 

A continuación, compartimos la RS 165-2021/SUNAT 

 

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