Mediante la Ley No. 31105, prorrogan la vigencia de beneficios y exoneraciones tributarias.
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de:
a) El Decreto Legislativo 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
b) La exoneración del impuesto general a las ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.
Vigencia y renuncia a la exoneración:
Las exoneraciones contenidas en los Apéndice I y Apéndice II tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
Fuente: El Peruano
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