28 Abr
2022-04-28 17:06:10

Sunat: Desde junio solo se podrán usar comprobantes de pago electrónicos

La Sunat recordó que las empresas deberán dejar de emitir facturas y boletas físicas, las cuales serán reemplazadas definitivamente por el comprobante de pago electrónico.

Las facturas, boletas de venta y demás comprobantes físicos deberán ser reemplazados definitivamente por los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) a partir del 1 junio, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

De esta manera se culminará el proceso de masificación de CPE iniciado el 2014, mediante el cual de manera progresiva diversos grupos de empresas se convirtieron en emisores de estos documentos electrónicos.

Este recordatorio se da luego de que a partir del 01 de abril se incorporara al último grupo de micro y pequeñas empresas (mypes) a la emisión electrónica.

Desde este mes unas 400 mil mypes, que en el año 2019 tuvieron ingresos anuales que no superaron los S/ 96,600 (23 UIT), empezaron a emitir facturas electrónicas y, a partir de junio también expedirán boletas de venta electrónicas.

«Convertirse en emisores de facturas y boletas electrónicas permitirá a este grupo de mypes acceder a una serie de ventajas y beneficios que hoy ya tienen las medianas y grandes empresas, que incluye ahorro de costos, mejora en la gestión y acceder a una nueva fuente de financiamiento, entre otros», indica la Sunat.

Beneficios de los Comprobantes de Pago Electrónicos

Según indica la SUNAT, esta facturación electrónica economiza recursos en impresión, archivo y envío de facturas a los clientes, optimiza la gestión interna del negocio, mejora la planificación, y brinda seguridad al impedir la manipulación y la pérdida de los documentos.

Asimismo, permite acceder a una nueva fuente de financiamiento a través del uso de la factura negociable electrónica o factoring.

Para facilitar este proceso, la SUNAT indica que ha puesto a disposición aplicaciones gratuitas de emisión electrónica, tanto en su portal institucional, como en aplicaciones móviles, las cuales pueden revisar en el siguiente link: https://cpe.sunat.gob.pe/

Ten en cuenta que los negocios que no cumplan con esta medida podrían caer en una infracción, la cual puede ser multada con el 50% de 1 UIT, es decir, S/ 2,300.

 

Fuente: RPP Noticias

 

 

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