La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) postergó del período agosto del 2024 al período enero del 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), determinados sujetos que se encuentren obligados a llevar los registros mencionados, con la finalidad de facilitarles la implementación de aquel sistema.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000145-2024/SUNAT desde el período agosto del 2024, aquellos sujetos que, al 31 de julio de 2024, se encontrarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario creado por el Decreto Legislativo Nº 1269 y no comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera Electrónica (RVIE) y el Registro de Compras de manera Electrónica (RCE) mediante el SIRE.
En tanto, desde el período enero del 2025, aquellos sujetos que, al 31 de diciembre del 2024, se encontrarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras y no estén comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el RVIE. y el RCE mediante el SIRE.
Fuente: El Peruano