La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) iniciará desde el 10 de junio de 2025 la devolución automática de saldos a favor del Impuesto a la Renta a miles de contribuyentes peruanos.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha emitido el Informe N.° 000046-2025-SUNAT/7T0000, mediante el cual redefine el concepto de «servicio digital» para efectos del Impuesto a la Renta (IR). Esta nueva postura deja sin efecto el criterio adoptado previamente en elInforme N.° 000039-2024-SUNAT/7T0000, y alinea la interpretación con la jurisprudencia de la Corte Suprema, que establece que el rasgo esencial de un servicio digital es su automatización e inmediatez.
El próximo 26 de mayo se inicia el cronograma oficial para presentar la declaración jurada del Impuesto a la Renta (IR) 2024 para personas naturales sin negocio. No obstante, el formulario ya está disponible desde el 31 de marzo en la plataforma de Sunat, lo que permite adelantar el trámite. “Este año, la presentación anticipada es posible y recomendable, pero requiere revisar con cuidado la información precargada”, advierte Sofía Chirinos, abogada y directora de contenidos en Editorial Economía y Finanzas (EEF).
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La nueva estrategia de fiscalización que implementaría la SUNAT busca identificar si el IGV que los contribuyentes utilizan proviene de operaciones reales y legítimas, lo que podría derivar en desconocimiento del crédito fiscal y sanciones severas.
Es necesario que las empresas comprendan las diferencias entre un contrato de trabajo y uno de naturaleza civil para evitar contingencias legales o multas de la autoridad respectiva por la desnaturalización de estos documentos, sostuvo la abogada laboralista Pamela Duffy.
El Congreso de la República del Perú aprobó la Resolución Legislativa Nº 32285, mediante la cual se ratifica la Convención Multilateral para Implementar las Medidas Relacionadas con los Tratados Tributarios para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informa que a partir de hoy, miércoles 26 de marzo, se inició el vencimiento para que los negocios y empresas (Rentas de Tercera Categoría) presenten la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2024, que culmina el próximo 9 de abril.
A medida que se acerca el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al ejercicio gravable 2024, las empresas peruanas, tanto Mypes como grandes corporaciones, deben estar preparadas para un cierre fiscal eficiente y libre de riesgos tributarios.
Conozca las reglas, plazos y requisitos del reparto de utilidades 2024. Y, con ello, cumpla la normativa, evite sanciones y garantice su correcta deducción fiscal en el impuesto a la renta.
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) publicó el 27 de febrero la tercera edición de la NIIF para Pymes como resultado de una revisión integral del estándar.