Con fecha 18 de abril de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución del Tribunal Fiscal N° 03442-1-2024, emitida como jurisprudencia de observancia obligatoria, en la cual el Tribunal Fiscal analiza la procedencia de la devolución de pagos indebidos o en exceso.
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Para facilitar el tránsito a la nueva herramienta digital, la Sunat amplió la oportunidad para el llevado del registro de compras y ventas mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Impuesto a la Renta: Esta semana se inició el trabajo conjunto entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y el programa Inspectores Fiscales sin Fronteras, iniciativa de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que permitirá el intercambio de experiencias con las administraciones tributarias más avanzadas del mundo, para la reducir la evasión y/o elusión.
Entre el 26 de marzo y el 11 de abril del presente año vence el plazo para que las empresas cumplan con la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) del ejercicio gravable 2023. Es por este medio que los contribuyentes informan a la Sunat sobre la utilidad o pérdida obtenida en el periodo anterior, así como el impuesto por pagar producto de la generación de rentas de tercera categoría.
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Según lo establecido por la normativa vigente, aquellos empleadores que generen rentas de tercera categoría y cuenten con un promedio anual de más de 20 trabajadores en planilla deben otorgar este beneficio a sus empleados.
Los trabajadores dependientes que están en planilla o independientes, que emitan recibos por honorarios, tienen derecho a la devolución del Impuesto a la Renta (IR) si es que pagaron más de lo que les correspondía, ya sea por pagos indebidos o pagos en exceso por retenciones de parte de sus empleadores.
La Sunat estableció los nuevos importes para que opere la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta respecto al impuesto a la renta (IR) por rentas de cuarta categoría, considerando el incremento de la unidad impositiva tributaria (UIT), que pasó de 4,950 soles, en el 2023, a 5,150 soles, en este año.
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El Ministerio de Economía Finanzas (MEF) aprobó la norma de información financiera para las microempresas que establece un marco simplificado de contabilidad de acumulación o devengo para este segmento empresarial.
El teletrabajo adquirió una mayor relevancia en los tiempos actuales, pues muchas empresas permiten a su personal prestar servicios o cumplir con sus actividades desde casa y hasta fuera del territorio peruano, por lo que es importante determinar la naturaleza de la renta percibida (fuente peruana y/o extranjera, del capital o del trabajo, etcétera) al estar sujeta esta condición al pago del impuesto a la renta (IR).
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