>Descanso vacacional – Los trabajadores con jornada igual o mayor a 4 horas diarias tienen derecho a recibir 30 días de vacaciones, siempre que cumplan año de servicio para un mismo empleador. Si estás próximo a tomar tu descanso ten en cuenta la siguiente información brindada por la Sunafil.
Para la vigilancia de la salud de los trabajadores en el contexto de la pandemia por el covid-19, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó una nueva directiva con disposiciones básicas mínimas de aplicación obligatoria por los empleadores basadas en criterios técnicos y epidemiológicos.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió, hasta febrero, el plazo para la presentación de la declaración mensual y pago de impuestos del periodo diciembre del 2022, así como las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras llevados de forma electrónica.
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Facultad discrecional de no sancionar administrativamente a la emisión de las guías de remisión físicas hasta el 30.06.2023
Prorrogan respecto de determinados deudores tributarios, el cumplimiento de obligaciones tributarias del periodo 2022-12 al vencimiento de las obligaciones del periodo 2023-01 (Resolución de Superintendencia N° 00001-2023/SUNAT)
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante Decreto Supremo N° 309-2022-EF, aprobó en S/ 4 950 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que regirá durante el año 2023, como índice de referencia en normas tributarias.
Facturas electrónicas: La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, a partir del 1 de enero de 2023, el emisor deberá enviar la factura o la nota electrónica vinculada a la misma, hasta el día calendario siguiente a la fecha de emisión.
Indicó que esta disposición involucra al emisor electrónico que se encuentre utilizando el SEE – del contribuyente, SEE – Facturador Sunat y el SEE – OSE.
Sunat concluye que el servicio mayorista de Roaming Internacional brindado por operadores domiciliados en el país a operadores domiciliados en Chile y necesario para que estos últimos puedan brindar acceso a sus abonados al servicio minorista de Roaming Internacional cuando visiten nuestro país, no califica como una exportación de servicios para efecto de la Ley del IGV.
Con fecha 05 de diciembre de 2022, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 000087-2002-SUNAT/7T0000, en el cual se analiza el supuesto de una empresa extranjera (Empresa «A»), que es absorbida por otra empresa extranjera de la cual es accionista (Empresa «B») (ambas constituidas en el mismo país extranjero), a través de un proceso de fusión inversa en el exterior; siendo que la Empresa A tiene como accionista a la Empresa “C” (constituida en un país extranjero distinto al de constitución de las empresas A y B); y que la Empresa B es accionista directamente de una empresa constituida en el Perú (Empresa «D»).