
Exportación de servicios
SUNAT concluye que los servicios de despacho aduanero y/o transporte local realizados por empresas domiciliadas para hacer efectivo el encargo a una empresa no domiciliada de entregar a clientes en el Perú los productos que una empresa no domiciliada comercializa en una plataforma digital de venta online, no califican como exportación de servicios.
Outsourcing Contable – Uso de base de datos.
Sunat concluye que la transferencia a una entidad pública del derecho de acceder y utilizar la base de datos de una persona jurídica no domiciliada a través de claves de acceso, por parte de una empresa domiciliada autorizada por esta para su comercialización, se encuentra gravada con el IGV.›› Leer más
Plataforma para dar conformidad a la factura electrónica y recibo por honorario electrónico
Con fecha 16 de noviembre de 2021, se ha emitido la RS 165-2021/SUNAT, en la cual se implementa una plataforma para dar conformidad a la factura electrónica y el recibo por honorario electrónico a través de SUNAT operaciones en Línea o del servicio web API REST (Requiere credenciales a través de SUNAT operaciones en Línea y cumplir especificaciones técnicas), el mismo que estará disponible desde el 17 de diciembre.
SUNAT concluye que no se encuentra sujeta a la retención del impuesto a la renta la retribución pagada por una empresa distribuidora local que adquiere de un proveedor no domiciliado.
Con fecha 19 de noviembre de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 098-2021-SUNAT/7T0000 emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria, en donde se plantea el supuesto de empresas distribuidoras locales que adquieren, a través de internet, una determinada cantidad de software estándar de empresas no domiciliadas proveedoras de estos programas, con su respectiva licencia de uso para usuario final, a efectos de ser comercializados en el país mediante su descarga desde la nube del referido proveedor no domiciliado, y fijación permanente en distintos dispositivos electrónicos del usuario final; siendo que, por tal operación:
Al respecto, la SUNAT concluye que no se encuentra sujeta a la retención del impuesto a la renta la retribución pagada por una empresa distribuidora local que adquiere de un proveedor no domiciliado, a través de internet, una determinada cantidad de software estándar con su respectiva licencia de uso para usuario final, a efectos de ser comercializados en el país por aquella mediante su descarga desde la nube del referido proveedor no domiciliado, y fijación permanente en distintos dispositivos electrónicos del usuario final.
Informe N° 098-2021-SUNAT/7T0000.Licencias de uso de software. Fecha de publicación: 19.11.2021
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Outsourcing Contable – Recuperación Especial de Recuperación Anticipada del IGV.
SUNAT concluye que procede la devolución del Impuesto General a las Ventas consignado en comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción que son destinados simultáneamente a diferentes etapas del proyecto en la proporción que corresponde a las que aún se encuentran en etapa pre-productiva, incluso cuando la primera etapa ha iniciado operaciones.
La recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV) aumentó en 26.2% en octubre pasado respecto al mismo mes del 2020 (23% frente a octubre del 2019), registrándose un crecimiento por noveno mes consecutivo, debido principalmente al mayor ingreso por IGV a las importaciones, informó el Banco Central de Reserva (BCR).
Sunat analiza los alcances de lo dispuesto en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.
Los trabajadores tienen hasta el 31 de diciembre de este año para proceder con el retiro excepcional, ya sea total o parcial, de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19, de conformidad con la Ley Nº 31171
Uso del crédito fiscal en la indemnización otorgada por una compañía de seguros para la reposición de un activo fijo siniestrado
Con fecha 04 de noviembre de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 000085-2021-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria, en el cual se analiza el tratamiento del IGV pagado por la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados, utilizados en la reposición del activo fijo siniestrado, que tuvo como origen el importe entregado por una compañía de seguros en calidad de indemnización.
Outsourcing Contable – Tratamiento tributario en el IGV
Con fecha 04 de noviembre de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 000087-2021-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de SUNAT, mediante el cual se analiza si las comisiones que las Empresas de Operaciones Múltiples (EOM) cobran a las Empresas de Seguros –ambas reguladas por la Ley N.° 26702– con relación a la comercialización de productos de seguros en el marco de la Bancaseguros, regulada por la Resolución SBS N.º 1121-2017, se encuentran dentro de los alcances de la inafectación prevista por el inciso r) del artículo 2 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).